Redacción.
Madrid
Los residentes tienen
derecho a reclamar una indemnización si por norma general se les niega la
libranza de la guardia y no es debido a “emergencias asistenciales”. Así se
desprende del estudio del abogado Manuel Alejandro Ruiz González, quien asegura
que “los MIR no pueden suplir o completar la actividad asistencial que
corresponde y debe corresponder plenamente a la plantilla del centro”.
Ruiz
González recuerda que en el Real Decreto 1146/2006 que regula la relación
laboral de los residentes con la Administración, se establecía que después de
24 horas de trabajo ininterrumpido (jornada ordinaria o complementaria), el
residente tendría un descanso continuo de 12 horas, “salvo en casos de especial
interés formativo según criterio de su tutor o en casos de problemas
organizativos insuperables”. Estos dos supuestos dejaban al arbitrio de tutores
y gerentes la libranza o no de las guardias de los MIR, por lo que se cambió, y
se estableció que solo se les podría negar “en casos de emergencia
asistencial”, es decir, “situación sanitaria imprevisible o inevitable que requiera
una actuación asistencial inmediata”, como en casos de epidemias, atentados o
accidentes colectivos.
Por otra
parte, entre estos casos de “emergencia asistencial” no se encuentra la falta
de organización del servicio, por lo tanto no se puede alegar “falta de
personal”, aunque sea en vacaciones, para negar la libranza de los residentes.
Además, las funciones asistenciales de un MIR “tienen un carácter instrumental
al servicio de su formación”. La plantilla de los servicios debe ser siempre
suficiente para cubrir las necesidades asistenciales; por esta misma razón, las
huelgas de los MIR no requieren de establecimiento de servicios mínimos.
Tampoco se puede alegar que si se concede la libranza al MIR, se produciría una
situación de desasistencia en el servicio, porque sería otro caso de falta de
organización.
En todos estos casos,
aunque se incurra en la ilegalidad, los MIR deben cumplir las órdenes de sus
superiores, según aconseja el abogado Ruiz González; de otro modo, se podría
incurrir en responsabilidad disciplinaria, incluso por abandono del servicio.
Se ha de cumplir la orden y, posteriormente, actuar. Los MIR tienen derecho a
reclamar esta ilegalidad ante la jurisdicción social, y conseguirían una
sentencia que reconociera su derecho a librar la guardia. Además, podrían
reclamar una indemnización por incumplimiento contractual y, si son objeto de
acoso laboral por parte de un superior, deberían efectuar la correspondiente
denuncia o querella.
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