sábado, 30 de octubre de 2010

El MIR no cobra trienios tras aprobarse el estatuto

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha aclarado en una sentencia que el régimen retributivo de los médicos residentes es el previsto en el Estatuto MIR, que no contempla la percepción de los trienios.

Antes de la entrada en vigor del Estatuto MIR, regulado en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, se podía discutir si el residente tenía o no derecho a la percepción de los trienios por aplicación del Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, el decreto que regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas ha cerrado cualquier discusión, impidiendo al MIR la posibilidad de acceder a ese complemento.

Así se desprende de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que cambia radicalmente su doctrina tras la entrada en vigor de dicha norma. El fallo valenciano, que acoge los argumentos de una sentencia previa dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, afirma que el complemento de antigüedad "no tiene naturaleza de mínimo de derecho necesario y se rige por la voluntad de la partes manifestada en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo".En el caso del personal médico en formación, el Estatuto MIR "establece un régimen retributivo [...] lo que determina la desestimación de una pretensión que se basa simple y sustancialmente en la aplicación de las normas del Estatuto de los Trabajadores".

Sin embargo, la resolución judicial aclara que dicho estatuto "sólo será aplicable a la relación especial que examinamos en los casos en que se produzca un vacío normativo o una remisión expresa, lo que en el presente caso no acontece".

Régimen específico

Es más, no sólo no hay vacío normativo, sino que el propio artículo 7 del Estatuto MIR "establece un régimen específico de promoción económica en función del trabajo desarrollado y del progreso en el programa formativo a través del denominado complemento de grado, cuyo objeto es retribuir el nivel de conocimientos alcanzado así como la progresiva adquisición de responsabilidades en el ejercicio de tareas asistenciales, de ahí que se devengue a partir del segundo curso".

Por último, la sentencia matiza que debe denegarse la solicitud aunque se trate de periodos anteriores a la entrada en vigor del decreto MIR, ya que "el complemento de antigüedad, cualquiera que sea el nombre que reciba, siempre retribuye periodos previos de prestación de servicios. A partir de la entrada en vigor del decreto, el sistema retributivo aplicable a los residentes es el que se establece en él".

El primer criterio del tribunal autonómico

La ausencia de una norma que regulase la retribución del médico en formación hizo que el Tribunal Superior de Valencia accediese a la petición de los trienios por aplicación del Estatuto de los Trabajadores.

http://www.diariomedico.com/2009/04/30/area-profesional/normativa/mir-no-cobra-trienios-tras-aprobarse-estatuto


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