miércoles, 28 de septiembre de 2011

Las CCAA incumplen el decreto MIR desde hace más de 2 años

Treinta meses después de que expirase el plazo que Sanidad dio a las regiones para aprobar sus decretos MIR, sólo dos autonomías han hecho los deberes. Los tutores coinciden en que la falta de una nueva regulación formativa hará de la troncalidad un modelo "lento e ineficiente".


F. Goiri | 27/09/2011 00:00

El IX encuentro de tutores y jefes de estudio MIR, que la Asociación de Redes Docentes y Asesoras (Areda) acaba de clausurar en Menorca, ha estado inevitablemente marcado por la inminencia de la troncalidad y por un tema relacionado con ella y que preocupa sobremanera a los tutores: la ausencia de decretos formativos de posgrado en la mayoría de las regiones, pese a que en marzo de 2009 expiró el plazo que la norma nacional aprobada por el Ministerio de Sanidad daba a las comunidades para desarrollar sus respectivas leyes.

Según los datos que maneja Areda, sólo dos comunidades, Castilla y León (ver DM del 27-VII-2009), y La Rioja (ver DM del 11-X-2010), han aprobado oficialmente sus respectivos decretos, "y aunque me consta que la mayoría de las autonomías, por no decir todas, están trabajando en su desarrollo, lo cierto es que no parece haber avances concretos, y el 183/2008 (más conocido como decreto formativo del MIR) es fundamental para aspectos tan básicos como el reconocimiento de los tutores, la fijación de nuevos criterios para las unidades docentes y el establecimiento de criterios objetivos para la evaluación de los residentes, entre otras cosas", resume Federico Segura, presidente de Areda.

Tan es así que los tutores reunidos en el encuentro de Menorca han coincidido en que sin el pleno desarrollo del 183/2008 en todas las regiones, "la troncalidad puede que salga adelante, pero desde luego será un modelo formativo más lento e ineficiente de lo que se pretende. Al final, el esfuerzo de tutores, docentes y residentes hace que las cosas funcionen, pero no se puede trabajar a impulsos, sobre todo cuando existe una norma específica que no se ha desarrollado", insiste Segura.

Aunque algunas comunidades se escudan precisamente en el retraso de la troncalidad para justificar su tardanza en desarrollar el decreto MIR, Segura recuerda que han tenido más de 30 meses para hacer los deberes que les puso el Ministerio de Sanidad: "La troncalidad va a modificar la estructura docente de posgrado como no había ocurrido hasta ahora y las herramientas que sustentarán el nuevo modelo docente tienen que estar muy bien engrasadas. De lo contrario, el modelo se aprobará, pero habrá que ver a qué precio".

En consonancia con esta preocupación, Areda también ha aprovechado la cita de Menorca para insistir en que la troncalidad requiere de un desembolso monetario que la Administración no parece dispuesta a hacer. "Si nos atenemos al borrador de Sanidad, dice expresamente que las comunidades podrán desarrollar el decreto a coste cero, y eso es materialmente imposible", concluye el presidente de Areda.

http://www.diariomedico.com/2011/09/27/area-profesional/profesion/ccaa-incumplen-decreto-mir-desde-hace-mas-2-anos

lunes, 26 de septiembre de 2011

Convocatoria pruebas selectivas 2011 para el acceso en el año 2012 a las plazas de formación sanitaria especializada

Hoy lunes, día 26 de septiembre de 2011, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) la CONVOCATORIA de las pruebas MIR (Orden SPI/2549/2011, de 19 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas 2011 para el acceso en el año 2012, a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos y otros graduados/licenciados universitarios del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física)


-1.- Requisitos generales de participación


-2.- Documentos


-3.- Plazos para aportar documentación


-4.- Localidades de examen


-5.- Calendario de las pruebas selectivas


-6.- Plazas ofertadas


-7.- Modelo de solicitud 790 (su acceso, para poder bajarlo o rellenarlo on line, se activará a partir del día 27 de septiembre, día de inicio del plazo de inscripción, para poder ver su contenido hay un borrador en la convocatoria que no puede usarse como original)*


Calendario de las pruebas selectivas 2011/2012


-Plazo de presentación de solicitudes: Del día 27 de septiembre al 7 de octubre de 2011 ambos inclusive.

(El título universitario que en cada caso corresponda o en su defecto el certificado sustiturio, o en el caso de extranjeros el de la Resolución de reconocimiento (comunitarios) u homologación (extracomunitarios) del correspondiente titulo extranjero deberá de ser anterior al día 7 de octubre de 2011)


-Exhibición de las relaciones provisionales de admitidos: A partir del día 18 de noviembre de 2011

(El plazo para presentar la fotocopia compulsada del título universitario que en cada caso corresponda o en su defecto el certificado sustiturio, o en el caso de extranjeros la fotocopia compulsada de la Resolución de reconocimiento u homologación del correspondiente titulo extranjero, se termina el día 28 de noviembre de 2011.

Los aspirantes que hayan participado en las convocatorias de los años 2008/2009 y/o 2009/2010 y/o 2010/2011 siempre que se hubieran presentado al exámen y hubieran obtenido número de orden en las Relaciones Definitivas de Resultados (es decir, no aparecían como EXCLU o SIN Nº), están exentos de aportar los siguientes documentos:

-El título o equivalente (certificación sustitutoria o reconocimiento u homologación en el caso de títulos extranjeros)

-La Certificación Académica Personal (únicamente deben presentarla en el caso de aportar un mérito académico nuevo (Tesis Doctoral), o si solicitan la modificación de los incluidos en el expediente del año anterior)



-Exhibición de las relaciones definitivas de admitidos: A partir del día 4 de enero de 2012


-Fecha del examen: Sábado, día 28 de enero de 2012

(La identificación de los aspirantes convocados comenzará, en cada mesa de examen, a partir de la 15:30 horas, 14:30 en Canarias, y las mesas se constituirán a las 16:00, 15:00 en Canarias. En presencia de los examinandos se abrirá el paquete precintado que contiene los cuadernos de examen para cada mesa, una vez terminado el reparto, se señala la hora exacta de comienzo del ejercicio, que tendrá una duración de cinco horas. Transcurridas las cinco horas, las mesas recogerán y sellarán las hojas de respuestas, guardándolas en paquete que precintarán, en presencia de al menos dos de los examinandos, finalizada la sesión se levanta acta del desarrollo del ejercicio)


-Exhibición de las plantillas de respuestas correctas: A partir del día 6 de febrero de 2012


-Plazo de reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Días 7, 8 y 9 de febrero de 2012


-Reunión de las Comisiones Calificadoras para resolver las reclamaciones presentadas: Días 21 y 22 de febrero de 2012


-Exhibición de las relaciones provisionales de resultados: A partir del día 24 de febrero de 2012


-Exhibición de las relaciones definitivas de resultados: A partir del día 20 de marzo de 2012


-Actos de asignación de plazas: A partir del día 2 de abril de 2012

(Conforme al calendario que aprobará la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección) [Nota del editor.- Supuestamente los médicos comenzarán el lunes de Pascua día 9 de abril, ya que se reservan los tres primeros días, como es costumbre, para el resto de profesiones sanitarias: 2,3 y 4 de abril, que coinciden con los tres primeros días de Semana Santa, dejando sin elección de plazas el jueves y viernes de la misma]


-Plazo posesorio para la incorporación: Días 10 y 11 de mayo de 2012, ambos inclusive


-Cupo de extranjeros: Saldo de partida 671 plazas (que se incrementarían hasta 1.006 si fuera necesario hacer un segundo llamamiento, 671 en el primer llamamiento + 335 en el segundo)


-Centros privados que tienen reconocido el derecho de conformidad en la convocatoria:

.Centro Médico CETIR (Barcelona)

.Instituto Dexeus (Barcelona)

.Centro de Ofalmología Barraquer (Barcelona)

.Clínica Universitaria de Navarra (Pamplona)

.Fundación Instituto Valenciano de Oncología (Valencia)

.En esta convocatoria el nº de orden necesario para poder ejercer ese derecho será como mínimo 6.484


La convocatoria consta de XV Bases y VIII Anexos


-Base I .- Titulaciones

-Base II .- Requisitos de los aspirantes

-Base III .- Solicitudes

-Base IV .- Documentación a aportar junto con la solicitud

-Base V .- Tasa de derechos de examen

-Base VI .- Pruebas selectivas

-Base VII .- Relaciones de admitidos y no admitidos

-Base VIII .- Comisiones calificadoras

-Base IX .- Mesas de examen

-Base X .- Celebración del ejercicio

-Base XI .- Relaciones de resultados

-Base XII .- Adjudicación de plazas

-Base XIII .- Plazos y trámites de toma de posesión, matrícula e incorporación a las plazas

-Base XIV .- Régimen de formación y duración de programas

-Base XV .- Calendario


-Anexo I .- Plazas ofertadas

-Anexo II .- Modelo 790

-Anexo III .- Direcciones de los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno

-Anexo IV .- Modelo de Declaración Jurada/Promesa para extranjeros no comunitarios

-Anexo V.A .- Baremos aplicables a la evaluación de los méritos académicos

-Anexo V.B .- Modelo orientativo de certificación académica personal a expedir por las distintas Facultades

-Anexo VI .- Localidades de examen

-Anexo VII .- Tiempo de duración de los programas de especialización

-Anexo VIII .- Calendario de las pruebas selectivas 2011/2012


-*Nota sobre el MODELO 790:

Presentar la instancia (Modelo 790) en el plazo establecido: de 27/09/2011 a 07/10/2011, ambos inclusive, debidamente cumplimentada y firmada.

El modelo 790 se podrá obtener en la página Web del Ministerio, en la dirección: www.msps.es/fse/modelo790 a partir del día 27 de septiembre.

Consta de tres ejemplares (para la Administración, para el interesado y para la entidad colaboradora) y una hoja de instrucciones.

El modelo de solicitud se puede cumplimentar informáticamente o imprimir directamente en blanco y rellenar manualmente los tres ejemplares.

También se puede solicitar en blanco en las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de las diferentes provincias y en los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad (Paseo del Prado 18-20) en Madrid.

Es importante tener en cuenta, que el formulario solamente funciona correctamente con versiones de Adobe Reader 7.0 y superiores.

El propio formulario incorpora la posibilidad de descarga e instalación gratuita de la versión 8.1. NO SE PUEDEN HACER FOTOCOPIAS, porque cada documento debe tener un número y código de barras específico.

Las solicitudes se dirigirán al Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Las solicitudes se presentarán, en soporte papel, en los registros del Ministerio de Sanidad o en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que se especifican en el anexo III, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que los aspirantes presenten su solicitud a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, bastará con la presentación, en soporte papel, de la primera hoja del modelo de solicitud que figura en la página web antes citada, destinada a la Administración, quedándose el aspirante con el ejemplar destinado al interesado debidamente registrado.

A la solicitud se unirá el original del resguardo de la correspondiente transferencia bancaria, acreditativo del pago de la tasa de derechos de examen que se efectuará en los términos que se especifican en la Base V.2, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia. Los aspirantes indicarán en la solicitud la localidad en la que deseen realizar el ejercicio, elegida de entre las que se relacionan en el Anexo VI de la Orden que regula la convocatoria.


NOVEDADES:


Respecto a los documentos de identidad.-


1.- Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud en España por encontrarse en nuestro país con autorización de estancia por estudios u otra situación que les permita permanecer en el mismo, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.


2.- Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud a través de las representaciones diplomáticas de España en el extranjero, aportarán fotocopia del pasaporte en vigor, que deberá estar compulsada por la oficina diplomática o consular de España en el país que corresponda. Esta compulsa de la oficina consular, también se exigirá en los supuestos en los que las solicitudes se remitan mediante empresas internacionales de transporte desde los países de origen.


Respecto a la verificación de la identidad.-


1.- Los ciudadanos extranjeros no comunitarios que dispongan de autorización de estancia en España en régimen comunitario o con autorización de residencia o de residencia y trabajo en cualquiera de sus modalidades, deberán aportar fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.), para poder ser tratados en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles.


Por tanto, a los aspirantes no comunitarios que se acojan a la opción de dar su consentimiento para que sus datos de identidad puedan ser verificados, pero que NO APORTEN fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, una vez verificada su identidad, se les dará igual tratamiento que a los que disponen de una autorización de estancia. Es decir, se les exigirá la Declaración Jurada de extranjeros para ser admitidos y además, estarán afectados por el cupo de plazas para extranjeros. (EXTRANJERÍA) (Tfno Oficina de Información al Ciudadano 901 400100 Tfno Formación Sanitaria 91 5961181)


Respecto de la acreditación suficiente del idioma (aspirantes que sean nacionales de países cuya lengua oficial no sea el castellano, incluso aunque se hubieran presentado en las tres últimas convocatorias) .-


Pueden acreditarlo mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:


1.- Diploma de español C1 ó C2, expedido por el Director del Instituto Cervantes según lo previsto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los "diplomas de español como lengua extranjera (DELE)", publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 8 de noviembre de 2002, modificado por Real Decreto 264/2008 de 22 de febrero, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 12 de marzo de 2008.


2.- Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los niveles C1 ó C2, expedido por el órgano competente de la Administración educativa competente de la correspondiente comunidad autónoma, o en su caso del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y disposiciones de desarrollo.


3.- Dado que se ha modificado el nivel de idioma exigido, en esta convocatoria se habilita un plazo excepcional de presentación de este documento, que llegará hasta la finalización del plazo de reclamaciones a la Relación Provisional de Resultados (24 de febrero de 2012). Si no se presenta el documento junto con la solicitud pero si se cumple el resto de los requisitos exigidos, los aspirantes serán Admitidos Provisionalmente al examen. Si finalizado el plazo de reclamación a la Relación Provisional de Resultados (cinco días naturales contados a partir del siguiente al de su exhibición 24 de febrero) no hubieran acreditado el requisito, serán definitivamente EXCLUIDOS de la prueba selectiva.


Nota.- Estarán exentos de acreditar este requisito del idioma:


Aspirantes cuyo título de Licenciado (o Diplomado de Enfermería en su caso) en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya sido expedido por alguna universidad del Estado Español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el castellano.


Aspirantes que presenten en estas pruebas los documentos acreditativos de obtención del título de Doctor, el Diploma de Estudios Avanzados o las suficiencia investigadora, expedidos por alguna universidad del Estado Español.


Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el estado español un periodo de al menos dos años completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en formación en anterior convocatoria nacional de Pruebas Selectivas.


Nota general sobre los plazos y lugares de presentación de instancias.-


· En el Registro General del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, (Paseo del Prado 18-20) en Madrid, de lunes a viernes de 9,00 a 17,30 horas ininterrumpidamente y los sábados de 9,00 a 14,00 horas.

· En las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.

· Por correo certificado, pidiendo en la Oficina de Correos que le sellen la copia para el interesado del Modelo 790, como garantía de la fecha de presentación.

· En la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.


Aviso: Para las solicitudes que se envíen desde el extranjero mediante alguna empresa internacional de transporte, la fecha válida, es la de la entrada efectiva de la documentación en alguno de los Registros autorizados y no la de entrega a la empresa.


Sin embargo la fecha de presentación en las oficinas consulares de España en el extranjero es válida a todos los efectos como Registro dentro del plazo de presentación de documentos.



FUENTE: JMRL

http://gangasmir.blogspot.com/2011/09/por-fin-habemus-convocatoria.html

ALEGACIONES AL PROYECTO DE RD DE TRONCALIDAD ELABORADAS POR LA VOCALÍA DE MÉDICOS EN FORMACIÓN DE LA OMC

El modelo de troncalidad supone un avance notable en el sistema de formación sanitaria especializada que desde 1978 existe en nuestro país. El desarrollo de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias ya auguraba que “cuando ello procediera” las especialidades debían agruparse atendiendo a criterios de troncalidad. Desde entonces han sido muchos los comentarios vertidos sobre este tema y pocos los informes que nos fueran dando pistas del trabajo que se venía desarrollando a este respecto. El déficit de comunicación entre todos los agentes implicados, desde el Ministerio de Sanidad hasta la última de las organizaciones que han tenido algo que expresar al respecto, ha marcado la trayectoria de este futuro Decreto con un aura de misterio e incertidumbre sobre lo que podía terminar incluyendo en su redacción o no. Al final todo ha desembocado en una amalgama de ideas contrapuestas sobre un mismo modelo en el que todas ellas aportan matices interesantes al producto final. Por ello la Vocalía de Médicos en Formación de la OMC no puede más que felicitarse porque finalmente haya salido a la luz el proyecto sobre el que todos los actores ahora sí podemos intervenir y aportar para mejorar nuestro modelo de formación sanitaria especializada, hecho éste de gran trascendencia e inevitable ejecución.

Por tanto queremos transmitir con el siguiente documento las alegaciones al texto que se nos han requerido como institución representativa del colectivo médico. Además formularemos cuestiones que a nuestro entender no quedan lo suficientemente claras en el desarrollo normativo y haremos propuestas concretas de modificaciones donde entendemos que no se está cumpliendo con el espíritu de la norma.

Troncalidad

Art. 4.2 A la hora de crear unidades docentes troncales será fundamental el desarrollo del RD 183/2008 que aún sigue sin avanzar en varias Comunidades Autónomas. La importancia de la acreditación de las unidades formativas actuales para adaptarlas al sistema de troncalidad se antoja fundamental a la hora de encarar esta reforma. Instamos al Ministerio y a las Comunidades Autónomas a que las acreditaciones se hagan de manera rigurosa, clara y decidida para garantizar una formación de calidad y uniforme en todos los centros que reciban formación.

Art. 6 Los tutores son pilar fundamental en el nuevo sistema de formación troncal. Nos parece que se diluye mucho la responsabilidad de organizar e incentivar su papel docente y corremos el riesgo de perpetuar el modelo actual si no se marcan líneas claras desde el Ministerio para que las Comunidades Autónomas las sigan, a pesar de la existencia del RD 183/2008. Es fundamental desarrollar programas de evaluación de tutores que garanticen la calidad de la formación impartida a los médicos en formación.

Art. 7 No queda claro el sistema de evaluación que se quiere llevar a cabo. Sabemos de las limitaciones técnicas que supone un RD como este, pero entendemos que es necesario dar pistas sobre lo que se está pensando aplicar.

Art. 9.3 No nos parece adecuado dejar la elección de representantes a las comisiones nacionales a sorteo. Si el argumento que se esgrime para justificar esta medida es evitar las plazas vacantes en las Comisiones Nacionales, hay que resaltar que en las pasadas de las 104 plazas de vocales para las 52 especialidades, sólo 2 tuvieron que ser cubiertas por el sistema de sorteo, en concreto para las especialidades de Deporte y Endocrinología. Por tanto, este argumento carece de fundamento. Además si bien es cierto que por sorteo se cubren automáticamente todas las plazas de vocales, no obliga, sin embargo, a permanecer en el puesto, por lo que el residente elegido por sorteo podría dimitir en cualquier momento si no tuviera interés alguno.

Creemos que una elección alterna de cada uno de los representantes (si se trata de dos), es decir elección anual de un representante por un periodo de dos años, garantizaría una mayor continuidad en la representación al favorecer la transmisión de experiencia entre los residentes y podría animar a los médicos en formación a presentar sus candidaturas. No obstante es cierto que en aquellos casos que las plazas no se cubran, recurrir a un sistema de elección por sorteo, siempre que se haga sobre un número de al menos 500 médicos internos residentes, no sería una mala solución.

Reespecialización

Entendemos que la reespecialización es uno de los más novedosos avances que surgen con este Real Decreto ya que abre las puertas a un mercado laboral muy interesante y atractivo tanto para el médico como para la administración sanitaria. No obstante son varios los aspectos que no quedan aclarados en el presente proyecto sin los cuales creemos que es difícil poder desarrollarla, a saber:

Art. 10 Pensamos que el plazo de cinco años de ejercicio profesional activo que debe transcurrir para acceder a la reespecialización contraviene el espíritu de la norma y parece cerrar las puertas a profesionales que por cualquier motivo no estén ejerciendo activamente la profesión, evitando que a través de esta vía busquen una salida profesional que quizás en la especialidad que ejercen está cerrada. Teniendo en cuenta el momento actual de precariedad laboral que vivimos y que venimos arrastrando desde hace años, nos parece ésta una medida limitante sabiendo que los profesionales pueden buscar en ella una vía de mejora en su vida laboral.

Tampoco nos queda claro que el modelo propuesto para la reespecialización se convierta en la única vía para acceder a una nueva especialidad (si hablamos del mismo tronco) y si elimina la actual por la que cualquier médicos puede optar a una nueva especialidad repitiendo la prueba de acceso. El derecho a ejercer una profesión/especialidad debe estar en manos del profesional y no del empleador, que en todo caso debe facilitar al mismo las vías para alcanzar su objetivo, entendiendo que deben existir mecanismos reguladores que garanticen las salidas laborales. Por ello nos felicitamos porque se proponga la elaboración de estudios demográficos actualizables que muestren la situación del mercado laboral y promuevan vías para equilibrarlo.

Queremos remarcar algo que no se menciona sobre los especialistas formados antes de la instauración del Decreto, ya que pensamos que deben tener los mismos derechos y oportunidades para acceder a las plazas de reespecialización que el resto de profesionales formados bajo el nuevo sistema. De no hacerlo estaríamos segregando a una numerosísima cantidad de médicos pudiendo recaer en situaciones ya vividas en el pasado (médicos pre-­‐95).

Art. 11 En cuanto a las plazas destinadas a la reespecialización sigue sin quedar claro de dónde se van a obtener. ¿Acaso surgen de las plazas abandonadas durante el periodo troncal? ¿Se van a acreditar más plazas en las Unidades Docentes pero sólo para la reespecialización? Qué pasa con los médicos que durante el periodo troncal quieren abandonar la especialidad que eligieron en primer término y quieren cambiar a otra que pertenece al mismo tronco, ¿se va a crear un cupo especial para ellos de la oferta que habrá para reespecialización o deberán volver a presentarse a la prueba selectiva como hasta ahora? Estas y otras cuestiones nos surgen al plantearnos este asunto que nos parece de vital importancia pues un descontrol de la oferta puede generar graves desequilibrios en el sistema. Por eso instamos a la administración a que clarifique más este asunto y a que defina las bolsas de reespecialización ajustándose a la capacidad docente de los centros y no simplemente a la necesidad demográfica de determinadas especialidades.

Art. 12 No nos queda claro el procedimiento que se va a seguir para la selección de adjudicatarios de plazas de formación el sistema de reespecialización. Tampoco entendemos por qué esta va a quedar limitada a cada Comunidad Autónoma. Creemos que se debería aclarar si la selección se hará por méritos, tiempo trabajado, examen o calificaciones de pruebas previas, etc. También creemos que esta selección se debería hacer centralizada desde el Ministerio de Sanidad a pesar de que la oferta parta de las Comunidades Autónomas. Todos estas propuestas tienen un único fin: la objetiva y homogénea selección de los candidatos a reespecializarse.

Áreas de Capacitación Específica

Si la reespecialización supone un novedoso avance, las Áreas de Capacitación Específica abren las puertas a una cualificación profesional reglada de gran calidad e inevitable repercusión en términos de salud. En una sanidad del siglo XXI es fundamental articular mecanismos de superespecialización que permitan a los profesionales profundizar en las vertientes más avanzadas de la medicina y que garanticen un abordaje de las patologías por especialistas que previamente hayan adquirido una formación gradual bien estructurada. Quizás por ser un elemento tan novedoso se han publicado apenas dos ACE, que a nuestro parecer son pocas, aunque entendemos que con el tiempo se puedan ir desarrollando más.

Creemos que con este desarrollo se profundizará más en la naturaleza y composición de las ACE, ya que la presente propuesta sigue dejando varios dilemas en el aire, a saber: duración, acceso, desarrollo de los programas formativos, evaluación, nombramiento de tutores y de Unidades Docentes, etc. Ante esto, sólo nos cabe reclamar lo mismo que para los apartados anteriores: objetividad, rigurosidad y transparencia. El nacimiento de esta nueva vía formativa debe garantizar una formación de calidad.

No entendemos por qué tras una evaluación negativa el médico no puede presentarse de nuevo para ser reevaluado. Creemos que se priva de la oportunidad que en toda prueba se le debe dar a los candidatos. Por eso solicitamos que se instaure una prueba de recuperación del mismo modo que existe para las fases previas de la formación médica especializada.

Disposiciones finales

Respecto al articulado que cierra el proyecto tenemos que hacer algunas apreciaciones.

Disp. Adic. 1 Pensamos que las normas reguladoras de acceso a la formación médica especializada deben quedar fuera de este Real Decreto, dado el cambio que la misma puede sufrir con los años en temas tan relevantes como el peso del expediente académico respecto a la prueba selectiva o el porcentaje de extranjeros extracomunitarios. El sistema actual, convocatoria anual, garantiza como venimos viendo en los últimos años, que la misma se pueda adaptar a las circunstancias del momento sin necesidad de modificar una ley.

Dicho esto, sí que creemos que deben quedar reflejados dos aspectos que a nuestro parecer son muy importantes:

1.-­‐ habrá un solo examen de acceso a la especialidad para todo el Estado.

2.-­‐ la asignación de plaza de tronco y especialidad se realizará en un mismo acto al inicio de la formación.

Pensamos que no existen las garantías necesarias de objetividad e imparcialidad para poder llevar a cabo una elección informada tras el segundo año de formación troncal, aunque entendemos que el espíritu inicial del proyecto fuera ése. El proyecto menciona también la posibilidad de que se desarrollen diferentes pruebas según los troncos de especialización. No entendemos que se haga este planteamiento que desde nuestro punto de vista contraviene el sentido inicial de este proyecto que es la formación transversal. Además, tenemos antecedentes de diferentes pruebas (recordemos cuando se hacía el MIR para la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria) en cada convocatoria, y cómo finalmente se terminaron unificando.

Disp. Trans. 1 Cuando se menciona que se podrán realizar pruebas piloto solicitamos que se explique si se van a llevar a cabo y con qué criterio se van a seleccionar los centros y los profesionales. No creemos que un modelo como este pueda ser implantado atendiendo a pruebas preliminares. Si se termina llevando a cabo deberá ser con todo el sistema preparado para asumir el cambio, con acreditaciones actualizadas y tutores preparados, y siempre con estrictos controles de calidad periódicos que aseguren la excelencia de la formación impartida.

Tras todo esto la Vocalía de Médicos en Formación de la OMC y todos los representantes de residentes de diferentes colectivos que han participado en la reunión para elaborar el documento de alegaciones, queremos remarcar la necesidad de comenzar el trabajo hacia el cambio de nuestro modelo de formación médica especializada. Creemos que éste es un buen comienzo pero instamos a las autoridades a que no dejen pasar la oportunidad de hacer algo bueno para el futuro de la sanidad española y que tendrá su mayor repercusión en la salud de nuestros pacientes. Por ello la OMC y su Vocalía de Médicos en Formación seguirán trabajando para construir un modelo del que sentirnos orgullosos el día de mañana.


Fernando Rivas Navarro
Vocal Nacional de Médicos en Formación y/o Postgrado de la OMC

lunes, 19 de septiembre de 2011

Propuestas de los MIR al proyecto de troncalidad

La Vocalía de Médicos en Formación de la Organización Médica Colegial (OMC), en la reunión mantenida este fin de semana en la sede de la OMC en Madrid, han valorado positivamente el proyecto de troncalidad si bien han elaborado un documento con diversas consideraciones instando a las Autoridades sanitarias a comenzar el trabajo de cambio necesario para la formación médica especializada en nuestro país


Madrid, 19 de septiembre 2011 (medicosypacientes.com)


La Vocalía de Médicos en Formación de la Organización Médica Colegial (OMC) ha celebrado este fin de semana un a reunión en la sede de la OMC en Madrid, en donde se ha analizado el proyecto de troncalidad. Sobre lo desarrollado en dicho proyecto, han elaborado un documento con diversas apreciaciones. Las más destacadas son las siguientes:


1.- En la creación de Unidades Docentes Troncales y el nombramiento de nuevos tutores para las mismas es fundamental el desarrollo del RD 183/2008 que aún está por aprobar en varias comunidades. Es fundamental que dicho desarrollo vaya ligado a la acreditación rigurosa, clara y decidida tanto de centros como de profesionales y de un reconocimiento profesional de los segundos.


2.- El sistema de evaluación tanto dentro del periodo troncal como durante el específico debe ser otro de los pilares en los que se sustente el nuevo modelo. La definición de los modelos que se empleen para evaluar tanto a residentes como a tutores y unidades docentes deberán garantizar la mejora en la calidad de la formación médica especializada.


3.- No nos parece adecuado dejar la elección de representantes a las Comisiones Nacionales Troncales a sorteo. Si el argumento que se esgrime para justificar esta medida es evitar las plazas vacantes en las Comisiones Nacionales hay que resaltar que en las elecciones pasadas para éstas, de las 104 plazas de vocales para las 52 especialidades, sólo 2 tuvieron que ser cubiertas por el sistema de sorteo, en concreto para las especialidades de Medicina Física y del Deporte y Endocrinología. Por tanto, este argumento carece de fundamento. Además si bien es cierto que por sorteo se cubren automáticamente todas las plazas de vocales, no obliga, sin embargo, a permanecer en el puesto, por lo que el residente elegido por sorteo podría dimitir en cualquier momento si no tuviera interés alguno. Por ello creemos que una elección alterna de cada uno de los representantes basada en el sistema actual, es decir elección anual de un representante por un periodo de dos años tras presentación de candidaturas, garantizaría una mayor continuidad en la representación al favorecer la transmisión de experiencia entre residentes preservando el valor democrático que otorga la elección de representantes de un colectivo por el resto de sus compañeros.


4.- Pensamos que las normas reguladoras de la prueba de acceso a la formación médica especializada deben quedar fuera de este Real Decreto, dado el cambio que la misma puede sufrir con los años en temas tan relevantes como el peso del expediente académico respecto a la prueba selectiva o el porcentaje de extranjeros extracomunitarios. El sistema actual, presentación anual, garantiza como venimos viendo en los últimos años, que la misma se pueda adaptar a las circunstancias del momento sin necesidad de modificar una ley.


5.- A pesar de lo dicho en el punto anterior es importante que quede reflejado que la prueba de acceso es una y que la asignación de plaza de tronco y especialidad se realizará en un mismo acto al inicio de la formación.


6.- Entendemos que la reespecialización abre las puertas a un mercado laboral muy interesante y atractivo tanto al médico como a la administración sanitaria. No obstante son varios los aspectos que no quedan aclarados en el presente proyecto sin los cuales es difícil poder desarrollarla, a saber:


(a) Cuál es el origen de las plazas de reespecialización.


(b) Quiénes y dónde pueden presentarse los aspirantes a reespecializarse y si esta nueva vía elimina la actual por la que cualquier médico puede acceder a una nueva especialidad (aunque pertenezca al mismo tronco) repitiendo la prueba de acceso. Creemos que los especialistas formados antes de la instauración del Decreto de Troncalidad tienen los mismos derechos a acceder a las plazas de reespecialización que el resto de profesionales formados bajo el nuevo sistema.


(c) Cuál es el mecanismo de adjudicación de estas plazas y en base a qué criterios se asignan.


(d) Entendemos que el plazo de cinco años de ejercicio profesional activo que debe transcurrir para acceder a la reespecialización contraviene el espíritu de la norma y parece cerrar las puertas a profesionales que por cualquier motivo no estén ejerciendo activamente la profesión, evitando que a través de esta vía busquen una salida profesional que quizás en la especialidad que ejercen está cerrada.


7.- Las Áreas de Capacitación Específica (ACE) abren un nuevo abanico de desarrollo profesional altamente demandado tanto por profesionales como por la sociedad. Su desarrollo quizás sea el más novedoso y por ello se nos antojan como pocas las ACE presentadas en este proyecto, aunque entendemos que su futuro desarrollo podrá aumentar su número.


8.- El desarrollo de estas ACE debe ser cuidadoso en los mismos aspectos que ya se han mencionado en la reespecialización y en la formación troncal:


(e) Acreditación de las unidades docentes, asignación de tutores. Será importante conocer cómo se van a desarrollar los programas formativos y la creación de los centros formadores, así como el nombramiento de los primeros tutores que deberá hacerse de manera objetiva y rigurosa.


(f) Evaluación de profesionales. En este sentido no entendemos por qué tras una evaluación negativa el profesional no puede ser reevaluado.


Resumiendo el sentir de cuantos han participado en estos trabajos, el Vocal Nacional de Médicos en Formación y/o Postgrado de la OMC, Fernando Rivas, ha declarado: “La Vocalía de Médicos en Formación de la OMC y todos los representantes de residentes de diferentes colectivos que han participado en la reunión para elaborar el documento de alegaciones, queremos remarcar la necesidad de comenzar el trabajo hacia el cambio de nuestro modelo de formación médica especializada. Creemos que éste es un buen comienzo pero instamos a las autoridades a que no dejen pasar la oportunidad de hacer algo bueno para el futuro de la sanidad española y que tendrá su mayor repercusión en la salud de nuestros pacientes. Por ello la OMC y su Vocalía de Médicos en Formación seguirán trabajando para construir un modelo del que sentirnos orgullosos el día de mañana”.


El modelo de troncalidad


El modelo de troncalidad supone un avance notable en el sistema de formación sanitaria especializada que desde 1978 existe en nuestro país. El desarrollo de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias ya auguraba que “cuando ello procediera” las especialidades debían agruparse atendiendo a criterios de troncalidad. Desde entonces han sido muchos los comentarios vertidos sobre este tema y pocos los informes que nos fueran dando pistas del trabajo que se venía desarrollando a este respecto. El déficit de comunicación entre todos los agentes implicados, desde el Ministerio de Sanidad hasta la última de las organizaciones que han tenido algo que expresar al respecto, ha marcado la trayectoria de este futuro Decreto con un aura de misterio e incertidumbre sobre lo que podía terminar incluyendo en su redacción o no. Al final todo ha desembocado en una amalgama de ideas contrapuestas sobre un mismo modelo en el que todas ellas aportan matices interesantes al producto final. Por ello la Vocalía de Médicos en Formación de la OMC no puede más que felicitarse porque finalmente haya salido a la luz el proyecto sobre el que todos los actores ahora sí podemos intervenir y aportar para mejorar nuestro modelo de formación sanitaria especializada, hecho éste de gran trascendencia e inevitable ejecución.


http://www.medicosypacientes.com/colegios/2011/09/11_09_19_formacion


Los MIR piden el desarrollo del decreto formativo antes que la troncalidad

Lo remite en un texto dirigido a Sanidad. En torno a la Vocalía de MIR de la OMC los representantes más activos del colectivo de residentes han consensuado sus alegaciones a la troncalidad. Los especialistas en formación creen que la norma no tendrá sentido si no se desarrolla antes el decreto formativo de 2008.


Álvaro Sánchez León | 19/09/2011 00:00

El vocal de Residentes de la Organización Médica Colegial (OMC), Fernando Rivas, fue de los primeros en expresar su opinión sobre el borrador del decreto de troncalidad presentado por Sanidad en el mes de agosto. En unas primeras valoraciones el líder del movimiento de especialistas en formación destacó que el documento hecho público por el ministerio dejaba muchas cuestiones en el aire, sobre todo acerca de la reespecialización y de las áreas de capacitación específica.

Dos semanas después los representantes del colectivo MIR se han reunido en la sede de la OMC para consensuar y concretar sus alegaciones y, entre otras cosas, exponen que "el déficit de comunicación entre todos los agentes ha marcado la trayectoria de este futuro decreto con un aura de misterio e incertidumbre (...).

Al final todo ha desembocado en una amalgama de ideas contrapuestas sobre un mismo modelo en el que todas ellas aportan matices interesantes al producto final". Es decir, que ha faltado liderazgo por parte del ministerio para evitar lo que ahora ya es una realidad irreversible: las decenas de opiniones contrarias o complementarias con un documento que diseña la Administración desde la aprobación de la LOPS.

La opinión de los residentes, que supone el grueso de la versión oficial sobre la norma de la OMC, la corroboran sociedades científicas, comisiones nacionales de especialidades, los tutores y los integrantes del Foro de la Profesión Médica, que han enviado a Sanidad sus propuestas de cambio, cada cual con sus matices innegociables, un aluvión de alegaciones que, seguramente, terminarán por paralizar la aprobación definitiva del decreto hasta después de las elecciones generales del próximo 20 de noviembre.

Reclamaciones concretas

En concreto, los MIR han reclamado que antes de poner en marcha este principio fundamental de la reforma del posgrado médico se desarrolle el decreto formativo de los residentes, aprobado en 2008 y que aún está por desarrollar en muchas comunidades autónomas. Desde su punto de vista, sin estas bases no tiene sentido hablar de la creación de unidades docentes troncales y del nombramiento de sus nuevos tutores.

Además, sugieren que la elección de los representantes MIR para las comisiones nacionales troncales no sea por sorteo, sino por sistema electoral con candidaturas previas cada dos años y que las normas reguladoras de la prueba de acceso al posgrado queden fuera de este real decreto.

http://www.diariomedico.com/2011/09/20/area-profesional/profesion/los-mir-piden-el-desarrollo-del-decreto-formativo-antes-que-la-troncalidad

El Foro de la Profesión pone condiciones a la troncalidad

Ante el trámite de audiencia del Real Decreto. Una de ellos, que deje abierto el tiempo de formación de la especialidad hasta que se definan las competencias y los programas


Óscar López Alba. Madrid. Lunes, 19 de septiembre de 2011, a las 01:10


Ante el trámite de audiencia del decreto que el Gobierno prepara sobre troncalidad, el Foro de la Profesión Médica se ha reunido este viernes para llegar a unas alegaciones “mínimas” comunes, aparte de las que pueda presentar cada una de las organizaciones que lo integran.

Estos puntos comunes son dos. Por un lado, que se deje abierto el tiempo de formación de la especialidad hasta que se definan las competencias y los programas, y sean las propias comisiones nacionales quienes puedan indicar la duración ideal.

Por otro lado, y a petición del Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM), el Foro ha solicitado que la elección de la especialidad se haga al final del segundo año, después de la troncalidad, siempre que se respete que se pueda optar a una plaza en todo el Estado, no solo en la autonomía donde se haya hecho el tronco. También solicita que se tenga en cuenta la nota MIR del primer examen.

La prescripción por principio activo no vulnera la libertad médica

Los integrantes del Foro de la Profesión Médica también han analizado el real decreto 9/2011, aprobado este mes de agosto, y que establece la obligación de prescribir por principio activo (una de las medidas de ahorro económico promovidas por Sanidad). En este sentido, la llamada Mesa del Conocimiento ha señalado que no vulnera la libertad del facultativo, aunque ha matizado que será así siempre y cuando el principio activo no sea modificado por un equivalente terapéutico. “En la facultad nos enseñaron farmacología basada naturalmente en el principio activo, no en la marca”, ha indicado a Redacción Médica el portavoz del Foro, Patricio Martínez.

http://www.redaccionmedica.es/noticia/el-foro-de-la-profesion-pone-condicionantes-al-decreto-de-troncalidad-7993

viernes, 9 de septiembre de 2011

La oferta de plazas MIR para el próximo año sube un 2,7%

La Comisión de Recursos Humanos ha aprobado una oferta provisional de 7.080 plazas MIR para el próximo curso, un 2,7 por ciento más alta que la del ejercicio pasado. Las regiones han aprovechado el Pleno para exigir a Sanidad que suspenda la mesa estatal, prevista para hoy.

A. S. L. | F. G. | 08/09/2011 00:00


La oferta provisional de plazas MIR para médicos que el Pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS) ha aprobado para la convocatoria 2011-2012 aumenta un 2,7 por ciento con respecto a la convocatoria del año pasado.

Según fuentes presentes en la última reunión del Pleno, las plazas para facultativos pasan de las 6.890 ofertadas en 2010-2011 a las 7.080 que verán la luz este curso. Las mismas fuentes afirman que se ha tratado de buscar "un equilibrio entre las especialidades tradicionalmente deficitarias y aquéllas que presentan superávit de puestos", y que el acuerdo de las autonomías "ha sido prácticamente unánime" para dar luz verde a esta oferta. Lo que no se ha puesto aún sobre la mesa es la fecha definitiva del examen MIR, que en las últimas ediciones se ha fijado a finales de enero y que se hará público cuando la oferta de puestos de posgrado se convierta en definitiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado.

A falta de las preceptivas correcciones, la oferta provisional se acerca más a las petición que hicieron en su día las regiones, que pedían 6.926 plazas, que a la propuesta de las comisiones nacionales (6.564), tradicionalmente más a la baja.Disensiones internasSi el acuerdo ha sido prácticamente total en lo referente a las plazas MIR, la controversia entre Sanidad y autonomías se ha desatado con respecto a la creación de la mesa sectorial estatal, hasta el punto de que la mayoría de las comunidades han exigido al ministerio que suspenda la reunión constitutiva de este órgano, prevista para hoy mismo. Fuentes regionales alegan que la convocatoria se ha hecho "sin contar con las comunidades y sin aclarar de quién depende este órgano, por qué normativa se rige, qué materias abordará y, sobre todo, cuáles serán sus competencias".

El ministerio, dispuesto a escuchar todas las alegaciones de Urgencias a su decreto

La vaga promesa de que el Ministerio de Sanidad "está en disposición de atender" todas las alegaciones que la Sociedad de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes) haga al proyecto de real decreto de nuevas especialidades no ha servido para que la sociedad científica desactive las protestas anunciadas ni desconvoque la huelga general prevista para la primera quincena de octubre. Según Tomás Toranzo, presidente de Semes, "aunque la predisposición de Francisco Valero [director de Ordenación Profesional)] es buena, lo único que nos convence a estas alturas es ver cambios en el documento".El controvertido borrador de la norma sitúa a Urgencias y Genética Humana como especialidades multiprofesionales, un concepto que, según Semes, sólo es aplicable a disciplinas a las que se accede desde diferentes titulaciones universitarias. El director de Ordenación Profesional ha aprovechado su última reunión con la junta directiva de Semes para recordarles que el pertinente periodo de alegaciones permanece abierto hasta el próximo 25 de septiembre y que todas las objeciones que se reciban hasta esa fecha serán, al menos, escuchadas. Lo que no ha logrado Semes, como pretendía, es arrancar al ministerio un compromiso firme de que el borrador será modificado, y mantiene por tanto su llamamiento al paro de octubre.

http://www.diariomedico.com/2011/09/08/area-profesional/profesion/la-oferta-de-plazas-mir-para-el-proximo-ano-sube-un-27

miércoles, 7 de septiembre de 2011

Sanidad reitera que las plazas MIR vacantes por renuncia no se ofertarán

Contesta a una pregunta del senador Jesús Aguirre, del PP. No serán provistas nuevamente, excepto en caso de revocación de la acreditación docente


Redacción. Madrid

Sanidad ha vuelto a recordar que las plazas para médicos internos residentes ofertadas en la pasada convocatoria MIR y que han quedado desiertas por renuncia o por incomparecencia no serán “provistas nuevamente”. De esta forma, ha contestado el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad por escrito a una pregunta del senador del Partido Popular, Jesús Aguirre.

Aguirre solicitaba al Ministerio una aclaración sobre “los supuestos excepcionales” que la legislación prevé para cubrir las plazas MIR vacantes. Según la respuesta de Sanidad, la Orden de 27 de junio de 1989 establece que si el solicitante del puesto renuncia a él, no será provisto otra vez. Sin embargo, sí existe una posibilidad de permuta de plazas entre aspirantes o traslado de centro por una “revocación de la acreditación docente”.

Este “supuesto excepcional” está contemplado en el Real Decreto 183/2008. En sus artículos 5.2 y 5.3 se prevé “la redistribución de los residentes afectados en otras unidades docentes acreditadas de la misma o, excepcionalmente, de otra comunidad autónoma” cuando se produzca la suspensión cautelar de la acreditación docente, según el comunicado del Ministerio.

También se contempla la posibilidad de cambio de comunidad autónoma cuando por motivos de violencia de género “la residente se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo”, esta “tendrá derecho preferente a que se le asigne otra plaza de residente en formación de la misma titulación y especialidad que esté vacante en otra unidad docente de otra localidad”.

Cambios excepcionales de especialidad

En cuanto al cambio de especialidad, sí es posible solicitarlo según el Real Decreto 183/2008, cuando se produzca dentro de los dos primeros años de formación, si hay plazas vacantes en el destino deseado, y previo informe de las unidades docentes y comisiones nacionales de la especialidad afectadas.

Otro de los posibles casos excepcionales para cubrir plazas vacantes en las especialidades es el que se refiere a los periodos complementarios de formación que deben realizar aquellas personas que están pendientes de homologar su título extranjero.

Finalmente, el Real Decreto prevé que puedan cambiarse de especialidad los residentes que sufran “trastorno o alteración sobrevenida en el desarrollo de su programa de formación, que cause discapacidad o limitación en la adquisición de las competencias de la especialidad”.

http://www.redaccionmedica.com/edicion/06-09-2011

Urgencias se escogerá tras Familia, Interna o Intensiva

El proyecto de troncalidad establece dos áreas de capacitación y regula el acceso La elección se hará sólo en la prueba MIR y los años de formación pueden aumentar


M. RASPAL


Para acceder a la futura especialidad de Urgencias el médico deberá haber realizado previamente la residencia de Medicina de Familia, Interna o Intensiva, lo que la convierte en una especialidad "secundaria" y resulta del todo "inaceptable" para la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes), que ha visto confirmados sus peores temores tras conocer el proyecto de real decreto del Ministerio de Sanidad —actualmente en trámite de audiencia— por el que se crean cuatro nuevos títulos de especialista —Psiquiatría Infanto-Juvenil, Genética y Enfermedades Infecciosas, además de Urgencias y Emergencias— y se actualiza el sistema formativo de determinadas especialidades de Ciencias de la Salud.


Según este texto, por su carácter "más transversal", Urgencias quedaría integrada en el tronco médico y configurada como una de las especialidades "multidisciplinares" para cuyo acceso se exige estar en posesión de los títulos de grado/licenciado o de especialista ya citados. Por ello, Semes ha seguido adelante con las medidas de presión previas a las movilizaciones anunciadas para octubre, recogiendo firmas en todos los servicios y convocando a estos profesionales, a partir de este mes, a concentraciones de cinco minutos todos los jueves en sus centros de trabajo para reclamar una especialidad "primaria, de desarrollo troncal y vía MIR" como algo "firme e innegociable".


Troncalidad


En trámite de audiencia se encuentra también la norma que incorpora los criterios de troncalidad en la formación de determinadas especialidades, las áreas de capacitación y la reespecialización, esclareciendo los aspectos que más debate han suscitado durante la redacción del texto, que finalmente clasifica en cuatro troncos —se barajó la opción de cinco— el mapa de 37 especialidades sobre las que ha existido "mayor grado de consenso" y excluye por "dudosas" a Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Ginecología y Obstetricia, Oftalmología y Otorrinolaringología, aunque no cita a Anatomía Patológica, Pediatría y Psiquiatría, pese a que éstas tampoco figuran como troncalizadas.


Elección única


En cuanto a la elección de la especialidad por parte de los aspirantes, el proyecto ha acogido las tesis del Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM) que abogaba por una elección única de plaza a través de la prueba MIR frente a la idea de las autonomías que pedían una elección en dos etapas —una de la unidad docente troncal y otra posterior, tras una evaluación, de la especialidad— aunque deja abierta la puerta a la posibilidad de establecer evaluaciones con criterios comunes tras el periodo troncal.


En cuanto a las áreas de capacitación —pese a que se barajó la opción de concretarlas en otra norma— el decreto regula pormenorizadamente las vías de acceso y los requisitos para su creación, su infraestructura y su implantación, definiendo, por el momento, dos de ellas —Cuidados Paliativos y Neonatología— pero dejando abierta la posibilidad a desarrollar más.


Periodo flexible


La duración total del periodo formativo ha sido otro de los puntos que más controversia ha suscitado ya que diversos sectores profesionales han advertido de que la incorporación de un tiempo troncal común no debería ir en detrimento de la formación específica de cada especialidad, por lo que será inevitable que se incrementen sus periodos formativos.


El proyecto no se pronuncia expresamente sobre este asunto y deja en manos de las comisiones nacionales de cada especialidad la concreción de los periodos dentro de los programas formativos, abriendo la posibilidad a que estos aumenten con una propuesta razonada. Respecto a la figura del tutor —regulada en el decreto de 2008— la futura norma alude a la necesidad de tener en cuenta la "evaluación, incentivación y mejora de sus competencias" matizando, eso sí, que este reconocimiento no tiene por qué tener, necesariamente, implicaciones económicas, en contra de lo que reclama el colectivo de tutores


Por el momento, todas las organizaciones consultadas se encuentran analizando el texto y preparando sus alegaciones y sólo la Comisión Nacional de Hematología y Hemoterapia ha manifestado, por el momento, su intención de reclamar una ampliación de cuatro a cinco años el periodo formativo de sus residentes por la "complejidad" de los nuevos conocimientos de una especialidad que quedará integrada en el tronco médico.


http://www.gacetamedica.com/gacetamedica/articulo.asp?idcat=701&idart=548295